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viernes, 19 de agosto de 2016

después de LT, ahora El Deber se ocupa de cooperativas que no son tales. en Perú y Colombia las llamas empresas "ilegales" porque como en Bolivia están fuera de las normas. "hacen lo que les viene en gana" no pagan impuestos y en materia social no tienen control, en materia de seguridad física se aplazan. solo reparten el dinero de la venta de minerales al Estado. buscar soluciones de fondo, no simples paliativos.

Una muy fuerte tensión tuvo que vivir el país a raíz de las discrepancias entre el Gobierno nacional y las cooperativas mineras del occidente, lo que tendría que invitar a una meditación menos nerviosa, pero sobre todo más profunda. Una de las preguntas que han surgido en los días de tensión es si las cooperativas mencionadas deben o no pagar los impuestos de ley, pues salió a luz que pagan solamente el 1% de sus utilidades, mientras que las empresas privadas, e incluso las estatales, pagan el 7%.

A propósito de ello, se recordó que esas empresas gozan de algunas ventajas adicionales, como el derecho que tienen a explotar algunos parajes mineros que figuran en el patrimonio de la empresa estatal, Comibol. Esas transferencias son hechas sin cargo alguno.
Otra ventaja que tienen consiste en que han recibido equipos y maquinaria de la estatal por unos montos que luego fueron condonados, así como algunas deudas en efectivo. En el análisis no debería interferir la consideración de si las cooperativas mineras del occidente tienen o no una ligazón política con el Gobierno nacional, como se ha mencionado en los días del conflicto.

Acerca de los impuestos, considerando lo que dice la ley de cooperativas, habrá que fijar las condiciones de operación tomando en cuenta que, en este caso, se trata de la explotación de recursos naturales no renovables de propiedad del Estado boliviano, lo que las diferencia de otras cooperativas que operan en el país. Y todo esto podría llevar a revisar la situación de empresas que, con el nombre de cooperativas auríferas, operan en el territorio nacional.

Este tipo de operaciones reciben, en Perú y Colombia, la denominación de ‘minería ilegal’, por el hecho de que no pagan impuestos ni cuidan el medioambiente, llegando a arrojar mercurio a los ríos, lo que causa un daño irreparable.

Para este caso convendría tomar contacto con autoridades de esos dos países que prohíben esas explotaciones, a tal grado que lo que ellas producen no puede ser comercializado dentro de sus territorios ni exportado.

Una buena oportunidad se presenta para el país a raíz de este conflicto provocado por exigencias de las cooperativas mineras del occidente. El caso puede provocar una revisión global de este tipo de empresas y de sus operaciones en el territorio nacional

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