Un antecedente memorable relacionado indirectamente con la ética parlamentaria es el juicio interpuesto por la Cámara de los Comunes a Tomás Moro, procesado y decapitado en 1535 por resistirse a juramentar contra la autoridad papal al alegar objeción de conciencia, pero también usando como argumento haber aceptado un regalo que habría influido en una decisión adoptada mientras era canciller de Inglaterra de Enrique VIII.
En realidad, fue después de la Segunda Guerra Mundial cuando comenzaron a desarrollarse los códigos de ética pública y legislativa. Se lo hizo bajo la premisa de que los parlamentos son de vital importancia para la sobrevivencia, la salud y la credibilidad de las instituciones democráticas. Estos tienen la finalidad no solo de sancionar las faltas de autoridades electas, sino, ante todo, de prevenir que incurran en actos que puedan empañar su imagen. Esta función preventiva puede traducirse en dictámenes que adviertan sobre conflictos de intereses a tiempo de tomar decisiones de Estado en temas que tensionan el interés general y alguno particular.
¿Se imaginan que, en Bolivia, una comisión de ética recomiende que un empresario minero o un cooperativista, ejerciendo función pública, no tome decisiones al tratar una ley minera beneficiosa para el país, pero potencialmente incompatible al interés particular de un sector? ¿O que los representantes cocaleros, por razones éticas y conflicto de interés, vean la necesidad de abstenerse de votar la propuesta de ampliar a 20.000 hectáreas los cultivos de coca ahora excedentarios? Personalmente, no lo imagino. Aquí es bien visto y hasta una obligación que dirigentes y exejecutivos de empresas incidan a favor de sus sectores a cualquier costo y recurran a presiones de todo tipo, mejor si es en las calles, entorpeciendo y negando a los demás el derecho de limitar los intereses de minorías eficaces.
Con estos antecedentes, cobra sentido referirse a la reforma del Reglamento de Ética aprobado por la Cámara de Senadores. Definir como falta gravísima el no “respetar y acatar las decisiones acordadas en una bancada”, bajo pena de ser separados entre seis y doce meses sin goce de haberes, es altamente penalizadora. El inédito consenso entre opositores y oficialistas da cuenta de la necesidad de controlar las aguas nada mansas en ambas bancadas.
El acuerdo es contradictorio con la crítica realizada a la guillotina oficialista que cayó de modo inclemente sobre Rebeca Delgado y otros. El desacuerdo ocasional no es necesariamente transfuguismo. Cuando la política es entendida como guerra, de amigos y enemigos, la deliberación es limitada y la discrepancia se interpreta como herejía, derechización o ‘masificación’. Prima el receso. Paranoia total, hoy muy contagiosa. En este escenario, ¿es posible hablar de ética?
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jueves, 29 de septiembre de 2016
Erika Brockmann se refiere a una norma sobre ética que acaba de aprobar el Senado. observa que el exceso de penalidades que contempla el instrumento lejos de mejorar la calidad ética de los representantes que pusieron su sello en el Reglamento de Etipa, al someter al legislador a un exceso de autoridad a su bancada. Erika tiene una rica experiencia en esta área por lo que es recomendable escuchar sus percepciones.
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