Vistas de página en total

jueves, 7 de agosto de 2014

el trípode de la Institucionalidad está en manos de Evo. Contraloría. Procuradoría y Ministerio Público. el primero MASISTA, contralor interino (ya lleva 8 años), el segundo MASISTA. apologista de Evo "el mejor presidente de la historia" ha escrito, ahora hace propaganda directa, y el Fiscal (MASISTA) que cada vez viaja a EEUU dizque a tramitar juicio contra GONI. certero juicio de José Luis Santistevan

La ruptura de la institucionalidad del país tiene su base en el trípode de poder controlado por el gobierno: Contraloría, Procuraduría y Ministerio Público.
Con estas instituciones y el control de los recursos económicos en manos de un ex diputado oficialista, se realizan las compras sin licitaciones, dejando al descubierto el manejo infame y doloso de las arcas públicas.
El Ministerio Público, segunda parte del trípode de poder, a la cabeza de un Asambleísta del MAS, cada vez sale a manifestar que pedirá la extradición de Gonzalo Sánchez de Lozada y ahora del ex Fiscal Marcelo Sosa, sin que hasta hoy haya una sola acción concreta. Eso sí, la acción concreta fue la reconstrucción de Chaparina después de tres años de sucedido los hechos.
La tercer parte del trípode de poder, el día de ayer miércoles 06 de agosto de 2014 el flamante Procurador General del Estado ex diputado del MAS, en un Canal de Televisión Paraestatal ATB, sale hablando de los avances del proceso de cambio y el éxito del Presidente Evo Morales y Alvaro García Linera.
¿Cuál es la función constitucional de un Procurador?
Al margen que el actual Procurador no reúne los requisitos para ejercer el cargo de acuerdo al Art. 230-II CPE. Su función principal debe estar de conformidad a la CPE Art. 231 numeral 1. Defender judicial y extrajudicialmente los intereses del Estado, asumiendo su representación jurídica e interviniendo como sujeto procesal de pleno derecho en todas las acciones judiciales y administrativas, en el marco de la Constitución y la Ley. 7. Instar a la Fiscalía General del Estado al ejercicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar por los delitos cometidos contra el patrimonio público de los cuales tenga conocimiento.
Los casos denunciados públicamente como el programa Evo Cumple y las contrataciones en BoA, no solo que los ha encubierto al no manifestarse por la investigación, al contrario, ha salido en defensa del actual Vicepresidente, atacando al denunciante.
La Ley 064, de la Procuraduría General del Estado, cita entre sus funciones el Artículo 8. (DE LAS FUNCIONES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO). 1.Defender judicial y extrajudicialmente los intereses del Estado, asumiendo su representación jurídica e interviniendo como sujeto procesal de pleno derecho en todas las acciones judiciales, extrajudiciales o administrativas, sea en resguardo de la soberanía, de los bienes del patrimonio e intereses del Estado, en particular, en materia de inversiones, derechos humanos y medio ambiente, asumiendo defensa en cualquier conflicto entre el Estado y personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que demanden al Estado boliviano. 3. Supervisar y evaluar el ejercicio de las acciones jurídicas y de defensa que realizan las unidades jurídicas de la Administración Pública, en todas sus instancias y niveles, únicamente respecto a los temas de su competencia. 16. Dictaminar sobre la legalidad de contratos nacionales y extranjeros de las entidades públicas, cuya consulta haya sido solicitada por algún Órgano del Estado.
Se imagina la ciudadanía, ¿cómo el Procurador del Estado va a fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Empresas Públicas No. 466, que ratifica los Decretos Supremos dictados por el Presidente del Estado, excluyendo a las empresas estatales de la fiscalización de la Contraloría y la Fiscalía?
Nos encontramos ante, no solo de la destrucción y cooptación de la institucionalidad del Estado, sino, ante la construcción de una estructura que encubre y ratifica los actos lícitos e ilícitos que se producen en la administración oficialista.
El Procurador General del Estado, por mandato de la CPE y la Ley 064, se encuentra imposibilitado de realizar campañas en favor o en contra de candidaturas, ¿se imagina la ciudadanía como es la conducta del Procurador del Estado cuando fiscaliza los actos del Órgano Ejecutivo?
El actual Procurador es el principal impulsor del juicio a tres miembros del Tribunal Constitucional, sobre la ley del notariado, que él aprobó cuando era diputado.
¿Así se puede hablar que se quiere reformar la justicia? ¿Así se puede asegurar que no hay tramposos en el gobierno? ¿Esta es la época de oro? ¿De quienes es la época de oro?
El gobierno central, con esta norma de conducta, seguirá demostrando que es el único y principal responsable de haber generado una condicionante para el aumento de la corrupción y el abuso de poder, posibilitada mediante la ruptura de la institucionalidad del Estado Plurinacional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario